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CÓMO CALCULAR EL INCREMENTO PATRIMONIAL DE LA VENTA DE UNA VIVIENDA

Si estas vendiendo una vivienda, quizás no sepas con exactitud cuántos impuestos hay que pagar en el IRPF por vender tu casa. Estos dependerán siempre del beneficio obtenido.

Para calcular el incremento patrimonial hay varios factores. La situación, la edad o la cantidad obtenida son algunos de ellos. En función de esto, hay que aplicar un tipo de retención del IRPF.

Calcular el valor de transmisión de tu vivienda

¿cómo hacer el cálculo de la ganancia patrimonial que debes declarar a Hacienda? hay que tener siempre en cuenta el valor de transmisión de la vivienda. Esto es al precio de venta del le restamos los gastos a los que tuvimos que hacer frente para vender. (por ejemplo, la plusvalía municipal, honorarios de la agencia inmobiliaria, notaría, impuestos que hay que pagar por la operación, etc). Hecho esto, ya tenemos nuestro primer valor base.

Calcular el valor de adquisición

Este es el precio al que una vez compraste. Sin embargo, el precio de adquisición para hacienda se calcula sumando o restando conceptos:

Le podemos sumar:

Costes de reformas o reparaciones sustanciales: siempre orientadas a ampliar o mejorar el espacio en cuestión.

Gastos inherentes a la compraventa: comisiones de inmobiliaria, el pago de los impuestos de la compra…

A esta cantidad habrá que restarle las amortizaciones fiscalmente deducibles, que es el dinero del alquiler de la casa en caso de haberla arrendado.

(En el caso de una vivienda heredada, el precio de compra inicial será el valor de la vivienda que figure en la herencia. Con las donaciones ocurre exactamente lo mismo.) 

Aplicar las reducciones que procedan y calcular la ganancia patrimonial

La diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición nos da la ganancia patrimonial obtenida. Si el resultado es positivo tenemos pagar tributo.

Ahora bien, ¿este es el importe definitivo que tenemos que desembolsar? La respuesta es no. A este valor le debemos aplicar el tipo impositivo vigente según el tramo de nuestra ganancia.

Estos son los cuatro tramos del ahorro:

  1. Ganancias hasta 6.000 euros pararemos 19%
  2. Ganancias entre 6.000,01 y 50.0000 euros pagaremos el 21%
  3. Ganancias entre 50.000,01 euros y 200.000 euros pagaremos el 23%
  4. Ganancias de más de 200.000,01 euros pagaremos el 26%.

Estos tramos se aplican de forma progresiva.

Si el resultado de la compra es negativo, no habrá que pagar impuestos, pero sí que se podrá aprovechar esas pérdidas para pagar menos impuestos en la renta.

En concreto, podrás restar ese dinero a lo que hayas ganado con otras inversiones durante ese año y los cuatro siguientes.

¿Cuándo no hay que pagar el IRPF de la venta de un piso?

Podemos estar libres de pagar el IRPF por la venta de nuestra vivienda si tuvimos una pérdida patrimonial o si nos encontramos en los siguientes supuestos:

Exención por reinversión en vivienda habitual en la compra de una nueva residencia.

  1. Exención IRPF por venta de vivienda habitual en mayores de 65 años.
  2. Ser mayor de 65 años, vender una segunda residencia y construir con ese dinero una renta vitalicia.
  3. Dar el piso en dación de pago para satisfacer una deuda hipotecaria.

Espero este post te pueda servir en la venta de tu vivienda en Murcia

Escrito por Juan Francisco Valera

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