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Que documentación debo presentar para declarar la venta de mi vivienda en el año anterior.

Al realizar la declaración de la renta por la venta de una vivienda en Murcia es importante recopilar y conservar toda la documentación que justifique tanto la operación de venta como el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial. A continuación, se detalla una lista de los documentos esenciales:

  1. Documentación Obligatoria
  • Escritura de compraventa original (o copia autorizada):
  • Para acreditar el precio de adquisición de la vivienda.
  • Incluye los gastos asociados a la compra (notaría, registro, impuestos (ITP), Honorarios agencia, etc.).
  • Escritura de venta (o copia autorizada):
    • Para justificar el precio de venta y la fecha de transmisión.
    • Incluye los gastos asociados a la venta (notaría, registro, justificante pago de plusvalía, etc.).
  • Facturas de gastos deducibles:
    • Reformas, mejoras o reparaciones importantes realizadas durante la propiedad (no mantenimiento rutinario).
    • Gastos de intermediación (comisiones de agencia inmobiliaria, honorarios de abogados, etc.).
    • Certificados o declaraciones de ejercicios anteriores si se aplicaron deducciones por la vivienda transmitida.
  • Documentación hipotecaria (si procede)
  • Contrato de la hipoteca y documentación que acredite los saldos pendientes o amortizaciones realizadas, en caso de haber financiado la operación.
  • Identificación personal y bancaria.
  • DNI original y copia del titular (y, en su caso, de los demás miembros de la unidad familiar).
  • Número IBAN de la cuenta bancaria para la posible devolución.

2. Exenciones o Reducciones (si aplican)

  • Vivienda habitual y reinversión:
  • Si has vendido tu vivienda habitual y reinviertes el importe en otra vivienda habitual, puedes aplazar el pago de la plusvalía.
    • Documentación necesaria:
      • Certificado de empadronamiento que acredite que era tu vivienda habitual.
      • Escritura de compra de la nueva vivienda (si aplica la reinversión).
  • Mayores de 65 años:
    Exención total si vendes tu vivienda habitual y no reinviertes.

3. Consejos Adicionales

  • Si heredaste la vivienda, necesitarás el valor catastral en el momento de la herencia y la escritura de aceptación de herencia.
  • Conserva toda la documentación al menos 4 años (plazo de prescripción tributaria).
  • Si la venta genera pérdida patrimonial, también debes declararla para compensar ganancias futuras.

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