Muchos propietarios que acuden a mi agencia de calle Gómez cortina nº 5 de Murcia capital,  para vender su casa vienen por motivos de haber heredado la casa donde vivieron con sus padres o bien de algún familiar fallecido. En muchos casos por ignorancia su intención es colocar la propiedad a la venta, no habiendo transmitido a su nombre la propiedad. Con el desconocimiento en gestión  de una serie de trámites y documentos necesarios para poder vender la casa a nombre de los herederos. Hay casos en los que los herederos saben que tramites y documentos hay que llevar a la notaria pero prefieren hacer todo el proceso de transmisión a su nombre una vez encuentran un comprador. Si el comprador necesita hipoteca, corren con el riesgo de que el banco les obligue a transmitir la vivienda a nombre de los herederos antes de poder realizar la compraventa de la vivienda posibilitando que el comprador decida no comprar cansado de la espera y buscar otra propiedad. Si no necesita hipoteca el comprador, se puede hacer la escritura de adjudicación de herencia como primer acto y posteriormente la venta en el mismo momento.

Siempre recomiendo a mis clientes propietarios antes o durante el transcurso de la venta se lleven a cabo todos los trámites de transmisión de la propiedad a nombre de los herederos para no perder al comprador ya que hoy en día no abundan muchos compradores en el mercado y sí que hay muchas viviendas a la venta.

Muchos propietarios acuden a mi inmobiliaria de Murcia ciudad a vender sus viviendas y no saben que trámites y documentación son necesarios para transmitir a su nombre por lo que voy a pasar a detallar la documentación necesaria y el proceso:

  1. Dni de los familiares fallecidos.
  2. Certificado de defunción de los fallecidos (normalmente la empresa que gestiona el funeral te lo facilita o en el registro civil del lugar del fallecido).
  3. Certificado de las últimas voluntades de los fallecidos, una vez que han pasado quince días hábiles desde el fallecimiento, sabremos si el fallecido hizo testamento o no. (Puedes solicitarlo en el registro civil, por Internet o bien la misma notaria dónde vas a realizar la escritura de adjudicación de herencia)
  4. En caso de testamento debemos ir a la notaria donde se llevo a cabo y pedir una copia autorizada. si no hay testamento con estos documentos podemos acudir a la notaria a tramitar la transmisión.
  5. Una vez tenemos en nuestra propiedad la escritura de adjudicación de herencia formalizada ante notario, debemos ir a la delegación de economía en la ciudad de Murcia ubicada en Paseo del Teniente Flomesta, s/n, 30001 Murcia previa cita por Internet o teléfono para liquidar el correspondiente impuesto de sucesiones o donaciones.
  6. Liquidación de la plusvalía municipal en el ayuntamiento de Murcia ante la oficina de recaudación ubicada en  Paseo Escultor González Moreno, s/n, 30002 Murcia.(bajando unas escaleras justo en el puente de los peligros.)
  7. Una vez liquidado el impuesto de sucesiones debes acercarte al registro de la propiedad donde corresponda la vivienda en calle Teniente Gutiérrez Mellado, 9 y depositar la escritura para quedar registrada en no más de 15 días hábiles.

En ambos casos el plazo del que disponemos para liquidar es de 6 meses desde que se produce el fallecimiento, pudiendo solicitar una prórroga por un plazo del mismo tiempo, esto es por otros 6 meses más.

Una vez realizado todos estos paso la vivienda ya esta lista jurídicamente para poder vender.

Escrito Juan Fº Valera Canovas

jUAN FRANCISCO